Tras la lectura de la noticia en prensa de que una sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Madrid declara nulas las elecciones del Colegio Oficial de Ingenieros Técnicos de Telecomunicaciones por incumplimiento de sus estatutos, nos queda la tranquilidad de que al COA de Sevilla no le va a suceder nunca eso, porque hace ya mas de 30 años el entonces Colegio de Andalucía Occidental se encargó de "no reparar en medios" y el COA de Sevilla siguió con esa tradición estatutaria.
ESTATUTOS
PARTICULARES
COLEGIO
OFICIAL DE ARQUITECTOS DE SEVILLA
Artículo 57
…/…
2. Para ejercitar el voto personal,
el elector entregará la papeleta al Presidente de la Mesa, quien una vez
comprobada la personalidad del votante y su condición de elector la
introducirá en la urna correspondiente. Los escrutadores anotarán en la lista
de colegiados con derecho a voto los nombres de los votantes y los
inscribirán en la lista numérica que llevarán a tal efecto.
3. El voto por correo deberá ir en
sobre anónimo cerrado. Dicho sobre anónimo se introducirá dentro de otro
sobre donde se haga constar el nombre, número de colegiado y firma del
elector autenticada por el Secretario. El sobre tendrá que estar en poder de la
Mesa Electoral, antes de las 12,00 horas del día de las Elecciones. Se aceptará como voto por correo todo
aquel que se haga llegar a la Mesa Electoral sea cual sea el medio empleado
para su transporte y reparto. Una vez finalizadas las votaciones hechas
por medio del voto personal, la Mesa introducirá en la urna correspondiente
los votos recibidos por correo, anulando las duplicidades que por el empleo de
este medio puedan producirse, los que no cumplan los requisitos exigidos y
los de los colegiados que hayan votado personalmente.
4. En el caso de que llegada la hora
del cierre de la urna, no estuvieran autenticados por el Secretario los votos
recibidos por correo, debido al número de éstos, el Presidente de la Mesa
podrá designar a dos escrutadores para que junto a los interventores, en su
caso, presencien el acto de la autenticación de los votos pendientes, que
dichos escrutadores entregarán seguidamente al Presidente de la Mesa para su incorporación
a la urna.
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REGLAMENTO
GENERAL DE RÉGIMEN INTERIOR
COLEGIO
OFICIAL DE INGENIEROS TÉCNICOS DE TELECOMUNICACIÓN
Artículo 60
…/…
Las formas en las que se podrá
emitir el voto podrán ser:
a) Personalmente, entregando la
papeleta a la Mesa Electoral en el momento de la votación.
b) Por correo certificado, en sobre
cerrado y firmado dirigido al Presidente de la Mesa Electoral en el que
conste el nombre, apellidos, domicilio, número de colegiado y número del
D.N.I. del votante, dentro del cual se introducirá el sobre de votación
cerrado que contendrá la papeleta de voto. Los votos así emitidos deberán
obrar en poder del Presidente de la Mesa Electoral antes de las 24 horas del
día anterior a la celebración de la Junta General. El recuento de dichos
votos se realizará al final del proceso de Junta General de votación en
urnas.
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Rafael González Millán. Col. 3.395 COAS
Pues no he entendido nada Rafael,!
ResponderEliminarEl COA de Sevilla como Maquiavelo, lleva 20 años aplicando un discurso que yo particularmente no comparto. El fin de conseguir una mayor participación electoral no justifica el medio empleado para conseguirlo.
EliminarAh! vale,! porque eso enmaraña el campo electoral,me creo importante porque me recogen el voto en mi estudio,pero realmente, no soy nadie,porque no controlo el sistema electoral.no veo nada. Así he estado yo todos estos años.! Yo este año voto en urna ,otra vez lo vuelvo a decir!!!!!!!!!!!!!!!!jajajajaj!!!
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